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La SCJN ordena la liberación inmediata de 15 indígenas acusados de participar en la matanza de Actea
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La SCJN ordena la liberación inmediata de 15 indígenas acusados de participar en la matanza de Actea
La SCJN ordena la liberación inmediata de 15 indígenas acusados de participar en la matanza de Acteal
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó la inmediata liberación de los 15 indígenas acusados por la Procuraduría General de la República (PGR) de participar en la matanza de 45 tzotziles de la organización “Las Abejas”, ente ellos niños y mujeres embarzadas, perpetrada el 22 de diciembre de 1997 durante el sexenio de Ernesto Zedillo Ponce de León.
miércoles, 10 de abril de 2013
Los ministros de la Primera Sala resolvieron la inocencia de las personas acusadas, además de determinar que fueron violados sus derechos constitucionales, entre ellos el del debido proceso.
“De acuerdo a los amparos resueltos sobre tales hechos por la Primera Sala, las pruebas mediante las cuales se les condenó carecen de licitud, entre otras razones porque las declaraciones testimoniales a partir de los cuales se declaró culpables a los ahora sentenciados, fueron inducidas y, por lo mismo, ilícitas”, explicó la SCJN.
Los 15 indígenas pueden ser liberados hoy o mañana, sólo falta que la Corte notifique la sentencia a las autoridades penitenciarias chiapanecas par que se concluya el trámite administrativo.
El pasado 13 de marzo la Suprema Corte ordenó la inmediata libertad de una de las personas que fueron sentenciadas por homicidio y lesiones calificadas por la masacre ocurrida en el Municipio de Chenalhó en el estado de Chiapas.
En esa ocasión, también la Primera Sala dijo que las pruebas mediante las cuales se le condenó al acusado eran ilícitas. Además determinó fundado su reconocimiento de inocencia.
La Masacre de Acteal ha sido descrita como uno de los peores casos de violencia en un conflicto que se inició cuando el Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) llevó a cabo el levantamiento militar del 1 de enero de 1994.
En dos horas, paramilitares, con el supuesto apoyo del gobierno, atacaron a un grupo indígena en un momento de oración en la localidad chiapaneca. Los 45 muertos incluyeron 18 mujeres embarazadas, siete hombres, 16 niñas de edades comprendidas entre ocho meses y 17 años, y cuatro niños de entre dos y 15 años.
Otras 26 personas resultaron heridas, en su mayoría niños; cuatro de ellos con lesiones permanentes.
El ex Presidente Zedillo enfrenta cargos por una demanda que alega que él conocía y ayudó a encubrir el asesinato de las 45 indígenas tzotziles. El Presidente de México de 1994 a 2000 ha vivido en Connecticut durante los últimos 13 años y enseña ciencias políticas y economía internacional en Yale.
La demanda de 53 páginas fue presentada en Estados Unidos ante el Tribunal de Distrito de Hartford, en septiembre de 2011, por la firma de Miami Rafferty, Kobert, Tenenholtz, Bounds & Hess, y Gordon, que está actuando como asesora legal local.
Se presentó en nombre de 10 demandantes anónimos, y afirma que Zedillo fue responsable de la masacre en 1997 por grupos paramilitares en la aldea de Acteal, en el sureño estado de Chiapas, y trató de encubrirlo.
En marzo del 2013 un tribunal mexicano decidió que la causa que se le sigue es personal, y no como ex mandatario, por lo que dio paso para que una corte federal de Hartford, Connecticut, pudiera actuar en contra del ex Presidente
La corte estadounidense tendría así jurisdicción, porque el ex mandatario es ahora profesor en la Universidad de Yale y un residente de Connecticut.
El tribunal en México decidió que el ex Presidente Zedillo no tiene inmunidad como ex jefe de Estado, y debe enfrentar los cargos en su contra como ciudadano residente de Estados Unidos, reseñó entonces la prensa norteamericana.
Se trató de un fallo de primera instancia judicial que fue impugnado por la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) y por el Ministerio Público Federal (MPF) adscrito al juzgado que otorgó el amparo.
Matthew D. Gordon, un abogado de West Hartford que representa a los demandantes, dijo que todavía está analizando el fallo de la corte mexicana, que establece que la demanda contra Zedillo es personal y no en contra de México, por lo que no le corresponde protección o inmunidad.
sinembargo.mx
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó la inmediata liberación de los 15 indígenas acusados por la Procuraduría General de la República (PGR) de participar en la matanza de 45 tzotziles de la organización “Las Abejas”, ente ellos niños y mujeres embarzadas, perpetrada el 22 de diciembre de 1997 durante el sexenio de Ernesto Zedillo Ponce de León.
miércoles, 10 de abril de 2013
Los ministros de la Primera Sala resolvieron la inocencia de las personas acusadas, además de determinar que fueron violados sus derechos constitucionales, entre ellos el del debido proceso.
“De acuerdo a los amparos resueltos sobre tales hechos por la Primera Sala, las pruebas mediante las cuales se les condenó carecen de licitud, entre otras razones porque las declaraciones testimoniales a partir de los cuales se declaró culpables a los ahora sentenciados, fueron inducidas y, por lo mismo, ilícitas”, explicó la SCJN.
Los 15 indígenas pueden ser liberados hoy o mañana, sólo falta que la Corte notifique la sentencia a las autoridades penitenciarias chiapanecas par que se concluya el trámite administrativo.
El pasado 13 de marzo la Suprema Corte ordenó la inmediata libertad de una de las personas que fueron sentenciadas por homicidio y lesiones calificadas por la masacre ocurrida en el Municipio de Chenalhó en el estado de Chiapas.
En esa ocasión, también la Primera Sala dijo que las pruebas mediante las cuales se le condenó al acusado eran ilícitas. Además determinó fundado su reconocimiento de inocencia.
La Masacre de Acteal ha sido descrita como uno de los peores casos de violencia en un conflicto que se inició cuando el Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) llevó a cabo el levantamiento militar del 1 de enero de 1994.
En dos horas, paramilitares, con el supuesto apoyo del gobierno, atacaron a un grupo indígena en un momento de oración en la localidad chiapaneca. Los 45 muertos incluyeron 18 mujeres embarazadas, siete hombres, 16 niñas de edades comprendidas entre ocho meses y 17 años, y cuatro niños de entre dos y 15 años.
Otras 26 personas resultaron heridas, en su mayoría niños; cuatro de ellos con lesiones permanentes.
El ex Presidente Zedillo enfrenta cargos por una demanda que alega que él conocía y ayudó a encubrir el asesinato de las 45 indígenas tzotziles. El Presidente de México de 1994 a 2000 ha vivido en Connecticut durante los últimos 13 años y enseña ciencias políticas y economía internacional en Yale.
La demanda de 53 páginas fue presentada en Estados Unidos ante el Tribunal de Distrito de Hartford, en septiembre de 2011, por la firma de Miami Rafferty, Kobert, Tenenholtz, Bounds & Hess, y Gordon, que está actuando como asesora legal local.
Se presentó en nombre de 10 demandantes anónimos, y afirma que Zedillo fue responsable de la masacre en 1997 por grupos paramilitares en la aldea de Acteal, en el sureño estado de Chiapas, y trató de encubrirlo.
En marzo del 2013 un tribunal mexicano decidió que la causa que se le sigue es personal, y no como ex mandatario, por lo que dio paso para que una corte federal de Hartford, Connecticut, pudiera actuar en contra del ex Presidente
La corte estadounidense tendría así jurisdicción, porque el ex mandatario es ahora profesor en la Universidad de Yale y un residente de Connecticut.
El tribunal en México decidió que el ex Presidente Zedillo no tiene inmunidad como ex jefe de Estado, y debe enfrentar los cargos en su contra como ciudadano residente de Estados Unidos, reseñó entonces la prensa norteamericana.
Se trató de un fallo de primera instancia judicial que fue impugnado por la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) y por el Ministerio Público Federal (MPF) adscrito al juzgado que otorgó el amparo.
Matthew D. Gordon, un abogado de West Hartford que representa a los demandantes, dijo que todavía está analizando el fallo de la corte mexicana, que establece que la demanda contra Zedillo es personal y no en contra de México, por lo que no le corresponde protección o inmunidad.
sinembargo.mx
juancares- Cantidad de envíos : 1435
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