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Llarena compara la rebelión del procés con el golpe de Estado del 23-F
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Llarena compara la rebelión del procés con el golpe de Estado del 23-F
JUEZ PABLO LLARENA
Llarena compara la rebelión del procés con el golpe de Estado del 23-F
FERNANDO J. PÉREZ
REYES RINCÓN
Madrid 23 MAR 2018 - 19:52 CET
El juez Pablo Llarena considera que los trece líderes de proceso independentista catalán procesados desde este viernes por rebelión tuvieron "voluntad" de incorporar el uso de la "fuerza" para lograr la secesión de la comunidad autónoma, y se sirvieron del "poderío de la masa" para hacer frente a la actuación policial y lograr que se celebrara el referéndum ilegal del 1 de octubre y se proclamara la independencia el día 27 de ese mes.
El magistrado compara, de manera implícita pero inequívoca, esta actuación con el golpe de Estado del 23de febrero de 1981, cuando un grupo de guardias civiles liderados por el teniente coronel Antonio Tejero secuestró el Congreso de los Diputados.
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Según el magistrado, los cabecillas del procés actuaron a sabiendas de que el "fanatismo violento de muchos de sus seguidores había de desatarse", en especial tras los altercados del 20 de septiembre, cuando una multitud impidió a la Guardia Civil llevar a cabo la Operación Anubis contra los preparativos de la consulta, prohibida por la Justicia. Con ello se cumple, entiende el magistrado, el requisito de violencia que el Código Penal aplica al delito de rebelión, que se castiga en los casos más graves con penas de 30 años de prisión.
Este grupo de encausados, encabezados por el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, buscaba que "el Estado de Derecho se rindiera a la determinación violenta de una parte de la población que amenazaba con expandirse". La aplicación del delito de rebelión es "plenamente exigible", según Llarena, a este grupo, que incorporó a su "actuación criminal" el "ineludible estallido social" que podía producirse.
El delito de rebelión, contemplado en el artículo 472 del Código Penal, es una versión más grave de la sedición, y se reserva a quienes se levanten "violenta y públicamente" para, entre otros objetivos, "derogar, suspender o modificar total o parcialmente la Constitución" o "declarar la independencia de una parte del territorio nacional".
Los jefes de la rebelión, según el Código Penal, se pueden enfrentar a penas de entre 15 y 25 años de prisión. En el caso de que medie un levantamiento armado, las penas se elevan hasta los 30 años de cárcel.
El magistrado explica que la rebelión se produce con el mero alzamiento, sin que sea necesario que este alcance sus objetivos, y considera que el actuar "violentamente" se caracteriza por tres elementos: que se use la fuerza, que se use preferentemente contra personas y que esa fuerza sea "de entidad suficiente" como para que pueda "doblegar la voluntad de aquel contra quien se dirige".
Estos tres rasgos se dieron, sostiene Llarena, en la jornada del 20 de septiembre, cuando una "masa de fuerza" de 60.000 personas, congregadas por los líderes de ANC y Ómnium, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart destrozaron coches de la Guardia Civil y lanzaron objetos contra la comisión judicial que llevaba a cabo la Operación Anubis, ordenada por el juez de Barcelona Juan Antonio Ramírez Sunyer. En ese acto se produjo "una real restricción de la capacidad de actuación" del Estado "como consecuencia del uso de la fuerza", señala el magistrado del Supremo. Esta actuación la compara expresamente Llarena con "un supuesto de toma de rehenes mediante disparos al aire", en una referencia apenas velada al golpe de Estado del 23 de febrero de 1981.
Desde ese momento, afirma Llarena, los líderes independentistas ya eran conscientes del riesgo de que las movilizaciones posteriores, entre ellas el referéndum del 1 de octubre, "desembocaran en una violencia instrumentalizada para lograr la independencia".
"Impulsar a todos [sus seguidores] a que hicieran frente al amplio despliegue de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado que tenían la orden judicial de impedir la votación del 1-O y a que defendieran el recuento de la votación, supone, no ya aceptar el riesgo de una violencia claramente representable, sino directamente impulsar a una masa ciudadana a que desborde por la fuerza cualquier intención de contención que pueda provenir del Estado, tal y como finalmente sucedió el día de la votación", concluye Llarena.
https://politica.elpais.com/politica/2018/03/23/actualidad/1521812384_321414.html
Llarena compara la rebelión del procés con el golpe de Estado del 23-F
El juez sostiene que los líderes independentistas usaron el “poderío de la masa” para que “el Estado de Derecho se rindiera”
FERNANDO J. PÉREZ
REYES RINCÓN
Madrid 23 MAR 2018 - 19:52 CET
Carme Forcadell, Dolors Bassa y Raúl Romeva, este viernes en el Supremo. ZIPI EFE
El juez Pablo Llarena considera que los trece líderes de proceso independentista catalán procesados desde este viernes por rebelión tuvieron "voluntad" de incorporar el uso de la "fuerza" para lograr la secesión de la comunidad autónoma, y se sirvieron del "poderío de la masa" para hacer frente a la actuación policial y lograr que se celebrara el referéndum ilegal del 1 de octubre y se proclamara la independencia el día 27 de ese mes.
El magistrado compara, de manera implícita pero inequívoca, esta actuación con el golpe de Estado del 23de febrero de 1981, cuando un grupo de guardias civiles liderados por el teniente coronel Antonio Tejero secuestró el Congreso de los Diputados.
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Este grupo de encausados, encabezados por el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, buscaba que "el Estado de Derecho se rindiera a la determinación violenta de una parte de la población que amenazaba con expandirse". La aplicación del delito de rebelión es "plenamente exigible", según Llarena, a este grupo, que incorporó a su "actuación criminal" el "ineludible estallido social" que podía producirse.
El delito de rebelión, contemplado en el artículo 472 del Código Penal, es una versión más grave de la sedición, y se reserva a quienes se levanten "violenta y públicamente" para, entre otros objetivos, "derogar, suspender o modificar total o parcialmente la Constitución" o "declarar la independencia de una parte del territorio nacional".
Los jefes de la rebelión, según el Código Penal, se pueden enfrentar a penas de entre 15 y 25 años de prisión. En el caso de que medie un levantamiento armado, las penas se elevan hasta los 30 años de cárcel.
El magistrado explica que la rebelión se produce con el mero alzamiento, sin que sea necesario que este alcance sus objetivos, y considera que el actuar "violentamente" se caracteriza por tres elementos: que se use la fuerza, que se use preferentemente contra personas y que esa fuerza sea "de entidad suficiente" como para que pueda "doblegar la voluntad de aquel contra quien se dirige".
Estos tres rasgos se dieron, sostiene Llarena, en la jornada del 20 de septiembre, cuando una "masa de fuerza" de 60.000 personas, congregadas por los líderes de ANC y Ómnium, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart destrozaron coches de la Guardia Civil y lanzaron objetos contra la comisión judicial que llevaba a cabo la Operación Anubis, ordenada por el juez de Barcelona Juan Antonio Ramírez Sunyer. En ese acto se produjo "una real restricción de la capacidad de actuación" del Estado "como consecuencia del uso de la fuerza", señala el magistrado del Supremo. Esta actuación la compara expresamente Llarena con "un supuesto de toma de rehenes mediante disparos al aire", en una referencia apenas velada al golpe de Estado del 23 de febrero de 1981.
Desde ese momento, afirma Llarena, los líderes independentistas ya eran conscientes del riesgo de que las movilizaciones posteriores, entre ellas el referéndum del 1 de octubre, "desembocaran en una violencia instrumentalizada para lograr la independencia".
"Impulsar a todos [sus seguidores] a que hicieran frente al amplio despliegue de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado que tenían la orden judicial de impedir la votación del 1-O y a que defendieran el recuento de la votación, supone, no ya aceptar el riesgo de una violencia claramente representable, sino directamente impulsar a una masa ciudadana a que desborde por la fuerza cualquier intención de contención que pueda provenir del Estado, tal y como finalmente sucedió el día de la votación", concluye Llarena.
https://politica.elpais.com/politica/2018/03/23/actualidad/1521812384_321414.html
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