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Ley de Seguridad Nacional o Artículo 155 de la Constitución: ¿qué vía es más adecuada para frenar el 1-O?
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Ley de Seguridad Nacional o Artículo 155 de la Constitución: ¿qué vía es más adecuada para frenar el 1-O?
[ltr]Ley de Seguridad Nacional o Artículo 155 de la Constitución: ¿qué vía es más adecuada para frenar el 1-O?[/ltr]
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LUCIO A. MUÑOZ
4/09/2017 - 11:54
España no tiene una democracia apoyada en un Estado de Derecho, cuyo funcionamiento esté regido por la separación de poderes. Es decir, por una justicia independiente. El desafío secesionista de la Generalitat es consecuencia del proceso degenerativo sufrido por nuestra pseudodemocracia durante más de tres décadas.
Los partidos políticos que han desgobernado España negociaron con las formaciones independentistas el reparto de poder y dinero antes del comienzo de cada legislatura. Y una de las contraprestaciones que estos exigieron a cambio del apoyo es la desaparición del Estado de Derecho.
Pese a todo, Cataluña no se independizará, sobre todo por factores relacionados con la economía. Una Cataluña independiente y soberana no podría sobrevivir económicamente, ya que su principal socio comercial sería España.
Además, Cataluña tampoco estaría en disposición de poder pagar su deduda a España. Aunque parece que no tiene ninguna intención de pagarla, según la Ley de Transitoriedad Jurídica de Cataluña.
De todas formas, hemos podido comprobar recientemente la escasa seguridad que tendría una Cataluña independiente.
Tanto en cuanto, solo los Cuerpos de Seguridad del Estado dieron credibilidad al aviso de la CIA, que alertó a los Mossos d'Esquadra en relación a la comisión de un posible atentado en las Ramblas.
El citado aviso fue recibido por los Mossos antes de producirse los atentados yihadistas del 17-A. Sin embargo, la policía autonómica de Cataluña no prestó atención al mismo.
Se trata de un hecho de suma gravedad, porque es posible que los atentados de Barcelona y Cambrils se hubieran podido evitar.
Pero todavía es más grave la política de inmigración de perfil independentista desarrollada por los distintos gobiernos de la Generalidad en las últimas décadas, consistente en atraer preferentemente musulmanes a Cataluña.
En virtud de lo cual, se ha formado una gran comunidad islamista en la comunidad autónoma catalana, que actualmente está integrada por más de 500.000 personas, entre las que se encuentran infiltrados multitud de yihadistas.
Paralelamente, esta antiespañolista política de inmigración ha cerrado las puertas de Cataluña a los extranjeros que hablaran castellano.[/ltr]
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Independientemente, el Gobierno debería responder duramente al anticonstitucional referéndum secesionista que, supuestamente, se celebrará el próximo 1 de octubre, abandonando así la tradicional estrategia política fundamentada en "no hacer nada".
Sobre todo, después de conocerse el contenido de la anteriormente citada Ley de Transitoriedad Jurídica, preparada para aplicarse mediante decreto en el caso de que la independencia gane el referéndum.
De hecho, esta ley es una fórmula jurídica transitoria que conduciría a la instauración de la República de Cataluña, regida por una Constitución catalana. En otras palabras, se trata de un golpe de Estado en toda regla.[/ltr]
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En este sentido, existen al respecto varias alternativas. Entre las más relevantes, podrían destacarse la Ley de Seguridad Nacional y el Artículo 155 CE.
La Ley de Seguridad Nacional permite al Gobierno de España nombrar en Cataluña una autoridad en funciones. La citada autoridad podría tomar el poder, de manera temporal, en la autonomía catalana.[/ltr]
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Tanto los funcionarios públicos como los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, entre los que se encuentran los Mossos d'Esquadra, estarían gestionados por la autoridad. De la misma manera, la autoridad tendría la capacidad de sustituir a los políticos golpistas por otros de perfil españolista. La Ley de Seguridad Nacional fue aprobada por el PP y el PSOE a finales del año 2015.
Por el contrario, el Artículo 155 de la Constitución Española permite al Gobierno suspender la autonomía catalana. O una parte de la misma. (Aunque algunos juristas discrepen de esta interpretación del artículo, basada en la intervención).[/ltr]
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Con arreglo a la legalidad vigente, el Artículo 155 de la CE hace tiempo que debió aplicarse en Cataluña, al objeto de obligar a los políticos independentistas a cumplir las leyes.
Sin embargo, el mencionado artículo ha chocado frontalmente con la dictadura de lo políticamente correcto, basada en políticas buenistas y progres. Una dictadura instaurada en España por Zapatero y continuada después por Rajoy.
Por si fuera poco, el Artículo 155 CE también se enfrenta de manera radical al consenso socialdemócrata, aceptado por la partitocracia española y que supone imponer a la ciudadanía los dogmas de la izquierda.
En consecuencia, el Gobierno aplicará la ley más laxa que tenga a su disposición. Todo ello, en el supuesto caso que el referéndum secesionista se lleve a cabo de forma definitiva.
http://www.eleconomista.es/firmas/noticias/8585645/09/17/Ley-de-Seguridad-Nacional-o-Articulo-155-de-la-Constitucion-que-via-es-mas-adecuada-para-frenar-el-1O.html
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LUCIO A. MUÑOZ
4/09/2017 - 11:54
España no tiene una democracia apoyada en un Estado de Derecho, cuyo funcionamiento esté regido por la separación de poderes. Es decir, por una justicia independiente. El desafío secesionista de la Generalitat es consecuencia del proceso degenerativo sufrido por nuestra pseudodemocracia durante más de tres décadas.
Los partidos políticos que han desgobernado España negociaron con las formaciones independentistas el reparto de poder y dinero antes del comienzo de cada legislatura. Y una de las contraprestaciones que estos exigieron a cambio del apoyo es la desaparición del Estado de Derecho.
Pese a todo, Cataluña no se independizará, sobre todo por factores relacionados con la economía. Una Cataluña independiente y soberana no podría sobrevivir económicamente, ya que su principal socio comercial sería España.
Además, Cataluña tampoco estaría en disposición de poder pagar su deduda a España. Aunque parece que no tiene ninguna intención de pagarla, según la Ley de Transitoriedad Jurídica de Cataluña.
Inseguridad ciudadana
De todas formas, hemos podido comprobar recientemente la escasa seguridad que tendría una Cataluña independiente.
Tanto en cuanto, solo los Cuerpos de Seguridad del Estado dieron credibilidad al aviso de la CIA, que alertó a los Mossos d'Esquadra en relación a la comisión de un posible atentado en las Ramblas.
El citado aviso fue recibido por los Mossos antes de producirse los atentados yihadistas del 17-A. Sin embargo, la policía autonómica de Cataluña no prestó atención al mismo.
Se trata de un hecho de suma gravedad, porque es posible que los atentados de Barcelona y Cambrils se hubieran podido evitar.
Pero todavía es más grave la política de inmigración de perfil independentista desarrollada por los distintos gobiernos de la Generalidad en las últimas décadas, consistente en atraer preferentemente musulmanes a Cataluña.
En virtud de lo cual, se ha formado una gran comunidad islamista en la comunidad autónoma catalana, que actualmente está integrada por más de 500.000 personas, entre las que se encuentran infiltrados multitud de yihadistas.
Paralelamente, esta antiespañolista política de inmigración ha cerrado las puertas de Cataluña a los extranjeros que hablaran castellano.[/ltr]
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La respuesta del Gobierno
Independientemente, el Gobierno debería responder duramente al anticonstitucional referéndum secesionista que, supuestamente, se celebrará el próximo 1 de octubre, abandonando así la tradicional estrategia política fundamentada en "no hacer nada".
Sobre todo, después de conocerse el contenido de la anteriormente citada Ley de Transitoriedad Jurídica, preparada para aplicarse mediante decreto en el caso de que la independencia gane el referéndum.
De hecho, esta ley es una fórmula jurídica transitoria que conduciría a la instauración de la República de Cataluña, regida por una Constitución catalana. En otras palabras, se trata de un golpe de Estado en toda regla.[/ltr]
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Las alternativas
En este sentido, existen al respecto varias alternativas. Entre las más relevantes, podrían destacarse la Ley de Seguridad Nacional y el Artículo 155 CE.
La Ley de Seguridad Nacional permite al Gobierno de España nombrar en Cataluña una autoridad en funciones. La citada autoridad podría tomar el poder, de manera temporal, en la autonomía catalana.[/ltr]
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Tanto los funcionarios públicos como los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, entre los que se encuentran los Mossos d'Esquadra, estarían gestionados por la autoridad. De la misma manera, la autoridad tendría la capacidad de sustituir a los políticos golpistas por otros de perfil españolista. La Ley de Seguridad Nacional fue aprobada por el PP y el PSOE a finales del año 2015.
Por el contrario, el Artículo 155 de la Constitución Española permite al Gobierno suspender la autonomía catalana. O una parte de la misma. (Aunque algunos juristas discrepen de esta interpretación del artículo, basada en la intervención).[/ltr]
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Con arreglo a la legalidad vigente, el Artículo 155 de la CE hace tiempo que debió aplicarse en Cataluña, al objeto de obligar a los políticos independentistas a cumplir las leyes.
La dictadura de lo políticamente correcto
Sin embargo, el mencionado artículo ha chocado frontalmente con la dictadura de lo políticamente correcto, basada en políticas buenistas y progres. Una dictadura instaurada en España por Zapatero y continuada después por Rajoy.
Por si fuera poco, el Artículo 155 CE también se enfrenta de manera radical al consenso socialdemócrata, aceptado por la partitocracia española y que supone imponer a la ciudadanía los dogmas de la izquierda.
En consecuencia, el Gobierno aplicará la ley más laxa que tenga a su disposición. Todo ello, en el supuesto caso que el referéndum secesionista se lleve a cabo de forma definitiva.
http://www.eleconomista.es/firmas/noticias/8585645/09/17/Ley-de-Seguridad-Nacional-o-Articulo-155-de-la-Constitucion-que-via-es-mas-adecuada-para-frenar-el-1O.html
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